ITV al comprar o vender un coche: ¿es obligatoria?

La ITV caducada no impide hacer la transferencia, pero el comprador no recibe el nuevo permiso de circulación hasta acreditar una ITV favorable. Así lo establece el Reglamento General de Vehículos: Tráfico anota el cambio de titular, pero no renueva el permiso hasta que el coche pase la inspección.
Qué dice la norma
El artículo 32.7 del Reglamento General de Vehículos indica que, si el vehículo no está al corriente de las inspecciones técnicas, la Jefatura de Tráfico anotará el cambio de titularidad en el Registro, pero no renovará el permiso de circulación hasta que se acredite la revisión favorable. La DGT lo resume así: el nuevo permiso de circulación solo será válido si el vehículo tiene la ITV en vigor.
Hay un caso especial: un coche declarado siniestro total solo puede cambiar de titular si tiene una ITV favorable posterior al siniestro (artículo 32.8, en vigor desde abril de 2021).
¿Quién debe pasar la ITV?
La norma no lo concreta. La obligación de pasar la ITV es del titular del vehículo, y en la práctica es el comprador quien la necesita para obtener su permiso de circulación. Lo más sencillo es acordarlo antes de firmar:
- Si vendes: un coche con la ITV recién pasada se vende antes y sin regateos. Con una Pre-ITV sabrás qué arreglar.
- Si compras: pide que la ITV esté en vigor o descuenta del precio lo que costaría repararlo. Revisa el último informe de ITV por si tenía defectos leves pendientes.
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